TRABAJADORES COMPRENDIDOS
a) Encargado:
Conforme lo define el art. 2 de la Ley N* 12.981, es la persona que trabaja en un inmueble de renta o de propiedad horizontal, en forma habitual, exclusiva por cuenta del Consorcio, propietario o usufructuario, teniendo a su cargo el cuidado y atención del edificio, vigilancia y demás servicios establecidos en el Estatuto, y en la convención colectiva de trabajo. |
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Cada uno de nosotros en nuestros hogares o lugares de trabajo, club, etc, poseemos una red de cañerías que transportan combustible (Gas Natural) a los artefactos que lo utilizan para su funcionamiento (calefón, cocina, termotanque, estufa, etc). |
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Se firmó un convenio entre el Gobierno porteño y el sindicato de los encargados de edificios. Son clases teóricas y prácticas para situaciones de riesgo.
A partir de Marzo del 2001, los encargados de edificios de la Ciudad de Buenos Aires, podrán asistir en forma gratuita a los cursos de capacitación sobre prevención de emergencias que dictará personal especializado de la Dirección de Defensa Civil porteña. |
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Funciones en las Administraciones de Consorcios - Responsabilidad profesional - Opinión vinculante - Objetivos - Constitución y Organización del Registro Unificado de Prestadores de Servicios a Consorcios y Administraciones de Propiedades - Capacidad de contratación de servicios - Evaluación continua - Estadística unificada -
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Aumentan las expensas hasta un 6% en la Capital y el GBA
Los vecinos pagarán el incremento a partir de junio. El impacto será mayor en edificios con pocos departamentos, que dividen gastos entre menos consorcistas. En promedio, costarán $ 7 más por mes. |
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