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Por falta de informacion, a veces se desconocen las normas municipales, para no encontrase con desagradables sorpresas por su incumplimiento, detallaremos algunas ordenanzas vigentes.
- Limpieza de tanques (O.M. 45.593):
Se realizarán semestralmente en inmuebles con mas de una unidad. Las empresas deberán estar inscriptas en el Registro de Actividades de Empresas Privadas de Limpieza y Desinfeccion de Tanques de Agua Potable. Los certificados se exhibirán en el edificio cuando los inspectores municipales así lo requieran.
- Conservacion de ascensores (O.M. 49.308):
Se deberá contar con un servicio de mantenimiento y asistencia técnica, y llevar un libro de inspección rubricado por la Municipalidad, se contratarán empresa habilitadas por la autoridad municipal que les entrega un número (permiso de conservador). Este número será solicitado en el momento de la contratación.
- Equipamiento de matafuegos (O.M. 40.473):
Se colocan en todos los pisos, en lugares accesibles, uno cada 200 metros cuadrados. Son obligatorios los del tipo ABC (apto para toda clase de fuego) Serán recargados por empresas habilitadas y registradas en la Municipalidad. En las tarjetas que cuelgan de los matafuegos debe figurar: vigencia de la carga, clase, capacidad, fecha de carga, vencimiento y garantía de la empresa. Los matafuegos, recargas y reparaciones deben cumplir con las normas Iram.
- Iluminación de Emergencia (O.M. 45.525):
Los medios de escape deberán poseer iluminación de emergencia para cortes de energía y para facilitar la evacuación en caso necesario. Podrán emplearse luminarias autónomas o equipos centrales.
- Prohibición de tender ropa en los balcones (O.M. 7.215):
En muchos barrios porteños no se cumple con esta norma, los perjudicados son los propietarios, ya que el edificio presenta un mal aspecto, al vendedor de una de las unidades esta situación no lo favorece.
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